Documentan formas de Esclavitud Moderna constatadas en el estado Bolívar

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Pese a que la esclavitud fue abolida hace más de siglo y medio en el país, los tiempos contemporáneos traen nuevas formas de esclavitud

En cinco informes se constata, en el primero la existencia de formas de esclavitud moderna en el estado Bolívar. En el segundo las formas más comunes de explotación laboral en el estado. En un tercero la explotación sexual con perspectiva de género sensitiva. El cuarto las formas de esclavitud moderna que afectan a las personas migrantes y refugiadas y, el último las formas de esclavitud moderna en pueblos y comunidades indígenas.

Pese a que la esclavitud fue abolida hace más de siglo y medio en el país, los tiempos contemporáneos traen nuevas formas de esclavitud que pululan con las condiciones del extractivismo.

El 24 de marzo de 2022 se cumplen 168 años de la abolición de la esclavitud en Venezuela. Esta propuesta fue adoptada por el presidente José Gregorio Monagas en 1854, quien firmó la ley que erradicó todas las formas de esclavitud en el territorio venezolano.

Si bien el derecho internacional y los convenios globales criminalizan la esclavitud, estudios confirman que en el contexto contemporáneo persisten formas de esclavitud moderna como la trata de personas, el trabajo forzado, la explotación sexual y el tráfico de migrantes.

El matrimonio forzado, por ejemplo, es una de las prácticas que persiste en Medio Oriente y es calificado como una forma de esclavitud moderna. Asimismo, la explotación sexual, normalmente vinculada con la corrupción de menores y el tráfico de personas, es un delito que sigue existiendo en el país.

El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, coordinado por la abogada Eumelis Moya, es una de las instituciones que ha persistido en la investigación de violaciones a los derechos humanos en el país, haciendo especial hincapié en el sur del estado Bolívar donde la dinámica de extractivismo y minería ilegal crean un contexto que propicia la violencia y la impunidad.

“Hemos presentado seis informes. Un primer informe donde hablamos de la existencia de formas de esclavitud moderna en el estado Bolívar. El segundo trabajo habla sobre las formas más comunes de explotación laboral en el estado. Un tercer informe sobre la explotación sexual con perspectiva de género sensitiva. El cuarto sobre las formas de esclavitud moderna que afectan a las personas migrantes y refugiadas y, el último que se publicó que versa sobre las formas de esclavitud moderna en pueblos y comunidades indígenas”, explicó Moya.

Las investigaciones del Centro de Derechos Humanos informan sobre la presencia de dinámicas que condicionan las libertades de los individuos análogas a la esclavitud tradicional. Asimismo, se hace evidente la necesidad de apoyo y respuesta a las víctimas por parte de entes gubernamentales.

El derecho internacional reconoce que la interseccionalidad es una noción importante en estos casos, ya que las minorías y grupos vulnerables, ya sea por discriminación o vulnerabilidades particulares, son más propensas a caer en condiciones de esclavitud.

La precarización laboral y emergencia humanitaria que se vive en el país ha favorecido dinámicas de explotación en el sur del estado Bolívar donde grupos armados irregulares se dedican a la actividad minera en medio de un contexto anárquico y violento.

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En entrevista con Correo del Caroní Eumelis Moya respondió cuáles son las formas identificadas de esclavitud dentro del estado Bolívar y los métodos de captación de víctimas más frecuentes.

– ¿Qué formas de esclavitud son las más comunes en el estado Bolívar?

– Las dos formas predominantes en Bolívar son la explotación laboral y la explotación sexual. La explotación laboral tiene un contexto muy similar para la mayoría de los habitantes del estado. Las condiciones de trabajo en el estado no cumplen con los mínimos de la cuantía de lo percibido por el trabajo desempeñado. Hay una relación irregular entre el trabajo y el beneficio. No es acorde con las leyes y pactos nacionales ni internacionales. Eso es una forma de explotación laboral. En el contexto minero, se habla de un exceso de horas de trabajo, doce horas de jornada extractivista bajo condiciones ambientales poco favorables.

– ¿Cómo afectan estas formas de esclavitud a las personas migrantes?

– Las personas que se encuentran en movilidad voluntaria o forzada se encuentran en situación vulnerable debido a las irregularidades con las que se produce la movilidad: el paso por trocha, la falta de documentos… Esto las pone a merced de otras personas que especulan en las condiciones para facilitar el paso.

– ¿Han comprobado si hay complicidad del Estado en las dinámicas de esclavitud sexual que se manifiestan en el estado Bolívar?

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– No te puedo hablar de complicidad. Te puedo hablar de que el Estado ha suscrito convenios y tratados internacionales que parecen proteger y crear un marco jurídico. Sin embargo, sentimos que hay una necesidad de garantizar el cumplimiento de esos convenios y el acceso a la justicia. Hemos comprobado que hay iniciativas del Estado como, por ejemplo, la creación de fiscalías con competencia expresa en protección de la mujer. Sin embargo, cuando uno va al órgano de justicia no consigue información que permita evaluar cuáles son los casos que están recibiendo, las dinámicas más comunes…

Las mujeres son una de las poblaciones más vulnerables

En el informe titulado Formas contemporáneas de esclavitud en el estado Bolívar: una perspectiva de género sensitiva, se habla de perpetración de violencia hacia las mujeres en el contexto minero, debido a la mercantilización de sus cuerpos y la explotación sexual a la que son sometidas. El texto explica que las mujeres que hacen vida en el sur del estado Bolívar pueden trabajar como cocineras o prostitutas. En ambos casos, son sometidas a degradación, vulneración de sus derechos y violencia basada en género por parte de grupos armados, mineros y demás figuras masculinas que hacen vida en la comunidad.

El trabajo señala que la trata no afecta a hombres y mujeres por igual, ya que 71% de las víctimas de trata son mujeres y niñas. Además, cita que del total de víctimas de explotación sexual en el mundo poco más del 99% son mujeres, es decir, los hombres obligados a ofrecer servicios sexuales no abarcan siquiera el 1%. No obstante, Moya asevera que sí hay casos de explotación sexual con víctimas de sexo masculino dentro de los casos estudiados.

– ¿Cuáles son las formas de captación más frecuentes que han encontrado?

– Ofertas laborales engañosas a través de redes sociales como Facebook. Me dicen que voy a trabajar de una cosa y me obligan a trabajar de otra o cambian las condiciones que me ofrecieron. No me pagan lo acordado, las horas se exceden. Esas son las formas más comunes. Muy poco hemos encontrado secuestros o formas que impliquen violencia. Normalmente, es bajo engaño que las personas llegan a estos lugares.

– ¿Se puede denominar esclavitud incluso si la mujer decide prostituirse voluntariamente?

– Absolutamente. Cuando lees el concepto de trata de personas habla de la privación de la voluntad y el engaño de condiciones. Puedo saber que voy a ejercer trabajo sexual, pero puedo ser engañada respecto a las condiciones de trabajo. La mujer acepta, pero cuando llega allá no la dejan salir, no puede escoger sus clientes, la maltratan, no gana lo que le prometieron: eso es trata de personas y explotación.-

Con información de Correo del Caroní / Reporte Católico Laico

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